Resumen del Artículo Disposición adicional undécima

Artículo Disposición adicional undécima del Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. (codigo) — Disposición adicional undécima. Salas de reposo y lactancia. Las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley facilitarán que las empleadas públicas embarazadas y las que lacten a su hijo o hija tengan la posibilidad de descansar o de lactar…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional undécimaDisposición adicional undécima

Disposición adicional undécima. Salas de reposo y lactancia.

Las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley facilitarán que las empleadas públicas embarazadas y las que lacten a su hijo o hija tengan la posibilidad de descansar o de lactar a su hijo o hija en un lugar apropiado. Las mismas condiciones habrán de darse en el caso de lactancia artificial por parte de padres o madres.

Norma publicada: 29 de abril de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional undécima

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